El Registro de la Propiedad de Huaca trabaja de manera permanente para garantizar la seguridad jurídica de los bienes inmuebles del cantón. En el marco de sus competencias, ofrece diversos servicios registrales, entre los que se destacan los distintos tipos de inscripciones, fundamentales para formalizar y otorgar validez legal a los actos y contratos relacionados con la propiedad.

TIPOS DE INSCRIPCIONES QUE REALIZAMOS

COMPRA VENTA

Dos ejemplares más una copia simple de la escritura pública en la que debe constar:

  • Certificado de gravámenes actualizado.
  • Carta de impuesto predial y/o certificación del avalúo según el caso.
  • Copias de cédula de identidad y certificado de votación de acreedores y deudores hipotecarios.
  • Nombramiento del representante legal del acreedor, según sea el caso.
  • Copia del RUC.
  • Si los comparecientes han disuelto la sociedad conyugal o celebrado capitulaciones matrimoniales, agregar partida de matrimonio con la marginación respectiva.
CONSTITUCIÓN DE HIPOTECANTA

Dos ejemplares más una copia simple de la escritura pública en la que debe constar:

  • Certificado de gravámenes actualizado.
  • Carta de impuesto predial y/o certificación del avalúo según el caso.
  • Copias de cédula de identidad y certificado de votación de acreedores y deudores hipotecarios.
  • Nombramiento del representante legal del acreedor, según sea el caso.
  • Copia del RUC.
  • Si los comparecientes han disuelto la sociedad conyugal o celebrado capitulaciones matrimoniales, agregar partida de matrimonio con la marginación respectiva.
CANCELACIÓN DE HIPOTECA

Dos ejemplares más una copia simple de la escritura pública en la que debe constar:

  • Oficio de cancelación de hipoteca, otorgado por el Notario.
  • Nombramiento del representante legal.
  • Copias de cédula y certificado de votación del representante legal o acreedor.
POSESIÓN EFECTIVA

Dos ejemplares más una copia simple de la escritura pública en la que debe constar:

  • Certificado de gravámenes de todos los bienes del causante actualizados.
  • Partida de defunción.
  • Partida de nacimiento de los herederos.
  • Partida de matrimonio del cónyuge sobreviviente.
  • Copias de la cédula y certificado de votación de los herederos.
  • Acta notarial de posesión efectiva.
  • Copia de cédula del causante o documento donde conste el número de cédula.
  • Formulario 108 del SRI y Anexo, con su respectivo comprobante de pago de ser el caso.
  • En caso de tratarse por la vía judicial, deberá adjuntarse la notificación al Registro de la Propiedad y razón de ejecutoria en la sentencia debidamente protocolizada.
PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, EMBARGOS Y DEMANDAS

Para los casos de prohibición de enajenar y demandas, los requisitos son los siguientes:

  • Orden judicial certificada y copia.
  • Certificado de gravámenes.
  • Oficio de notificación al Registrador.

De manera específica, para la inscripción de embargos, además de los requisitos antes señalados, será indispensable la presentación del acta de embargo debidamente emitida por la autoridad competente, documento necesario para proceder con su registro correspondiente.

CANCELACIONES

Para la cancelación de actos relacionados con prohibiciones de enajenar —en sus modalidades judicial, legal y voluntaria—, así como de embargos y demandas, se deberá presentar la documentación emitida por la autoridad competente, conforme a la normativa legal vigente.

Para todos los casos, los requisitos son los siguientes:

  • Orden judicial certificada y copia, en la que se disponga expresamente la cancelación.
  • Certificado de gravámenes actualizado.
  • Oficio de notificación dirigido al Registrador de la Propiedad.
DONACIONES

Dos ejemplares más una copia simple de la escritura pública en la que debe constar:

  • Insinuación para donar o acta notarial de suficiencia de bienes.
  • Certificado de libre de gravámenes actualizado.
  • Transferencia de dominio.
  • Plano debidamente aprobado, según el caso.
  • Carta de impuesto predial y/o certificado del avalúo municipal.
  • Pago de impuestos de alcabala municipal, provincial y plusvalía o su respectiva exoneración.
  • Copias de cédula y papeleta de votación.
  • Declaración de impuesto a la donación SRI (formulario 108 y anexos o exoneración), con su respectivo
    comprobante de pago de ser el caso.